Renuncia

Quienes estén próximos a superar los parámetros para permanecer en el monotributo, podrán renunciar al régimen y realizar la inscripción en IVA y Ganancias para continuar con la actividad bajo el régimen general.

Los pasos para la inscripción en IVA y Ganancias están detallados en la guía “¿Cómo registro las altas y bajas de impuestos y/o regímenes?”.

Cuando se renuncie al monotributo, no se podrá volver al régimen hasta que hayan transcurrido 3 años calendario (enero a diciembre) desde la fecha de renuncia.