¿Qué establece el alivio fiscal?

La Ley de Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes y Autónomos estableció la exención del componente impositivo de la obligación mensual para las y los pequeños contribuyentes registrados en las categorías A y B, siempre que no obtengan ingresos provenientes de:

  • Cargos públicos
  • Trabajos en relación de dependencia
  • Jubilaciones, pensiones o retiros correspondientes a alguno de los regímenes nacionales o provinciales
  • El ejercicio de la dirección, administración y/o conducción de sociedades
  • Prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones en las utilidades de cualquier sociedad en la medida que al adherir al monotributo o al momento de realizar la recategorización, tales ingresos correspondientes a los 12 meses inmediatos anteriores, no superen el monto máximo de ingresos brutos de la categoría A, vigente al mes de adhesión o en las referidas oportunidades
  • Locación de bienes muebles o inmuebles

A efectos de otorgar la exención del componente impositivo se verificó el cumplimiento de las condiciones exigidas, conforme los datos obrantes en nuestras bases informáticas al 30 de junio de 2022 y, en caso de corresponder, se encuadró a los beneficiarios de la siguiente manera:

  • Categoría A con exención - Venta de cosas muebles
  • Categoría A con exención - Locación y/o prestación de servicios
  • Categoría B con exención - Venta de cosas muebles
  • Categoría B con exención - Locación y/o prestación de servicios

La caracterización puede visualizarse desde el servicio con clave fiscal “Sistema Registral” o a través del “Portal Monotributo”.