¿Qué es?
La Resolución General N° 4815 establece un régimen de percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para las operaciones de compra de moneda extranjera. La medida entró en vigencia el 16 de septiembre de 2020. El mecanismo de percepción se instaló a partir del reconocimiento de la existencia de capacidad de ahorro en un sector de las y los contribuyentes.
La normativa establece que cuando los anticipos realizados por un individuo superen el monto correspondiente a ingresar por los impuestos a las ganancias y sobre los Bienes Personales, el excedente sea reintegrado. Esta devolución es aplicable a los sujetos que no sean contribuyentes de impuesto a las Ganancias o Bienes Personales.
Asimismo, la normativa estableció que aquellos monotributistas, trabajadores en relación de dependencia y jubilados que realizaron compras en moneda extranjera pero que no están alcanzados por los impuestos a las ganancias y sobre los Bienes Personales podrán solicitar el reintegro de la percepción.