Solicitud de transferencia a terceros
La solicitud de transferencia a terceros del importe de los certificados de crédito fiscal acreditado en el servicio con clave fiscal “Sistema de Cuentas Tributarias” podrá efectuarse cuando se cumplan los siguientes requisitos:
- No registrar deudas líquidas y exigibles con ARCA.
- No registrar incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas determinativas o informativas por los períodos fiscales no prescriptos.
Para efectuar la solicitud de transferencia a terceros, el proveedor, prestador o locador de bienes o servicios deberá acceder al menú “Transacciones” del “Sistema de Cuentas Tributarias”, opción “Solicitud de Transferencias”, y seleccionar el régimen y el período fiscal por el que solicita dicha transferencia. Debe informar, asimismo, los datos de los cesionarios.
El importe cuya transferencia a terceros se haya solicitado no devengará intereses a favor del contribuyente.
Por otra parte, el cesionario deberá ingresar en el menú “Transacciones” del “Sistema de Cuentas Tributarias”, opción “Aceptación de Transferencias SIR” y confirmar, según corresponda, la aceptación o el rechazo de la transferencia.
En caso de ser aceptada, el importe será acreditado en el mencionado servicio del cesionario y podrá ser aplicado por este únicamente para cancelar obligaciones impositivas por deudas propias.