Solicitud de devolución de importes
La solicitud de devolución del importe de los certificados de crédito fiscal acreditado en el “Sistema de Cuentas Tributarias” podrá efectuarse cuando se cumplan los siguientes requisitos:
- Haber declarado una Clave Bancaria Uniforme (CBU) en el servicio con clave fiscal “Declaración de CBU”. (ver procedimiento en la guía paso a paso)
- No registrar deudas líquidas y exigibles con este Organismo.
- No registrar incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas determinativas o informativas por los períodos fiscales no prescriptos.
Para efectuar la solicitud de devolución, el proveedor, prestador o locador de bienes o servicios deberá acceder al menú “Transacciones” del sistema, opción “Solicitud de Devoluciones”, y seleccionar el régimen y el período fiscal por el que se lo solicita.
El pago respectivo se hará efectivo a través de transferencia bancaria en la cuenta cuya CBU fuera denunciada oportunamente, dentro de los 15 días hábiles administrativos inmediatos siguientes a la fecha en la que el contribuyente hubiera efectuado dicha solicitud.
El importe solicitado devengará intereses a partir de la fecha en la que este solicite la devolución.