Características

  • Pago a cuenta del 2% de la deuda consolidada.
  • Hasta 36 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
  • Tasa de interés de financiación del 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente a la fecha de consolidación del plan.
  • Monto mínimo del pago a cuenta y de cada cuota: $50.000.
  • La confirmación de la cancelación del pago a cuenta producirá en forma automática el envío de la solicitud de adhesión al plan.
  • La fecha de consolidación de la deuda es la del día de la cancelación del pago a cuenta.
  • La presentación del plan será comunicada al contribuyente a través del Domicilio Fiscal Electrónico.
  • Los intereses resarcitorios y punitorios calculados por el sistema, a partir de la incorporación de una obligación vencida a la fecha de adhesión, no podrán ser modificados por el contribuyente o responsable.

Condiciones especiales de financiación

  • Para quienes hayan manifestado o manifiesten por Presentación Digital la decisión de ajustar quebrantos por inflación, aplican las siguientes condiciones especiales:
    • Hasta 120 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
    • Monto mínimo del pago a cuenta y de cada cuota: $ 500.000.
  • Monto mínimo del pago a cuenta y de cada cuota para planes previstos para regularizar intereses relacionados con anticipos y/o pagos a cuenta y multas: $ 200.000.