¿Qué es una dación en pago?

Se trata de una posibilidad que les brindamos a los ciudadanos con embargos, para cancelar sus obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social adeudadas con el dinero de las cuentas embargadas.

¿Cómo podés hacerlo?

Ingresá con tu clave fiscal al servicio “Sistema Cuentas Tributarias” y seleccioná la opción “Ofrecimiento de pago con Embargos Bancarios”.

Allí visualizarás las demandas que poseen fondos embargados, elegí una de ellas para que el sistema realice una liquidación provisoria del importe a cancelar, con los correspondientes accesorios y honorarios.

Podés modificar la propuesta que emite el sistema, según canceles el pago total de los fondos embargados o se cancele el monto demandado en la ejecución.

Una vez conformada la liquidación provisoria y la afectación a las obligaciones, el sistema generará uno o varios Volantes Electrónicos de Pago (VEP), en función de cada cuenta/banco y de las obligaciones a cancelar, y un reporte con el detalle de ellos.

La entidad bancaria realizará el levantamiento de las medidas cautelares en forma automática, siempre que hayas pagado una suma equivalente al total del oficio de embargo.

Importante

  • Una vez conformado el ofrecimiento en pago de los fondos embargados no podrás modificarlo ni desistirlo.
  • Podés utilizar el procedimiento por sistema una vez por cada demanda.
  • El representante del Fisco continuará controlando la cancelación de la totalidad de la deuda reclamada en el juicio de ejecución fiscal para la finalización y el archivo de las actuaciones. Si considera necesario, podrá realizar una reliquidación.
  • Los pagos de las obligaciones adeudadas con sus correspondientes accesorios, podrás visualizarlos dentro del “Sistema de Cuentas Tributarias”. La cancelación de los honorarios judiciales también podrás verla en la opción “Consulta” del servicio “Presentación de DDJJ y Pagos”.
  • Si un remanente impago por cualquier concepto, y este remanente no fuera regularizado al contado o mediante un plan de facilidades de pago, el representante del fisco se encontrará habilitado para solicitar la traba de un nuevo embargo por el importe adeudado.