Formas de presentación de la documentación respaldatoria

  • Presencial: ante la dependencia de este organismo en la que se encuentre inscripto el investigador responsable del proyecto, o el que corresponda según su domicilio.
  • Electrónica: en formato “.pdf”, ingresando con clave fiscal al servicio “Presentaciones Digitales”, opción “REGAPI – Presentación de Documentación”, donde se generará un comprobante que indique el número y la fecha de solicitud.

En el caso de una solicitud de alta de un proyecto de investigación, deberás presentar la siguiente documentación:

  • Copia del DNI del investigador asignado al proyecto.
  • Copia del contrato del investigador asignado al proyecto, de corresponder.
  • Copia de la resolución de directorio de la “Agencia” y Anexos en caso de corresponder, con la aprobación del PDI, fecha de inicio y finalización, montos y cronograma de desembolsos.
  • Manifestación suscripta por la “Agencia”- con carácter de declaración jurada - del monto ya consumido a la fecha de la solicitud, de corresponder.

En todos los casos, las copias de la documentación presentadas deberán acompañarse, sin excepción, detallando en el texto de la presentación digital o del formulario de presentación, de corresponder, la CUIT del investigador responsable del PDI y el número de transacción de la solicitud, obtenido desde el acuse generado por el REGAPI.

Dentro de los 15 días hábiles de realizada la presentación de la documentación, contados desde que dicha documentación se encuentre completa, se notificará, a través del Domicilio Fiscal Electrónico, la aceptación o el rechazo de la solicitud, tanto al solicitante como al resto de las partes involucradas (la UVT/UA a cargo, el investigador designado y la entidad emisora de la tarjeta prepaga).

ARCA podrá, previo a resolver la aprobación o rechazo de la solicitud, solicitar información adicional a la Agencia o al investigador, a través de un requerimiento que deberán responder dentro de los 10 días hábiles.

La inscripción aprobada producirá efectos a partir del día inmediato siguiente a aquel en el que se efectúe la notificación a la Agencia.