¿Qué datos debe contener el informe?
El informe país por país deberá confeccionarse, respecto de cada ejercicio fiscal a informar, teniendo en cuenta lo establecido en el ANEXO II de la Resolución General Nº 4130 y con los siguientes datos:
- Por cada jurisdicción en la que el Grupo de EMN opera
- El monto total de ingresos del grupo, diferenciando los obtenidos con entidades vinculadas y con partes independientes.
- El resultado -ganancia o pérdida- obtenido antes del impuesto a las ganancias o de naturaleza análoga.
- El importe correspondiente al impuesto a las ganancias o de naturaleza análoga pagado, incluyendo las retenciones sufridas.
- El importe correspondiente al impuesto a las ganancias o de naturaleza análoga devengado en el ejercicio en curso.
- El capital social.
- Los resultados acumulados no distribuidos.
- La cantidad de empleados.
- Los activos tangibles, distintos de efectivo y sus equivalentes.
- Por cada entidad integrante del Grupo de EMN dentro de cada una de las jurisdicciones aludidas
- CUIT o NIF en el país de residencia fiscal de tratarse de un sujeto del exterior.
- Denominación o razón social.
- Jurisdicción fiscal y país de constitución, cuando corresponda.
- Actividad/es económica/s principal/es y descripción de su naturaleza.
Y toda otra información que se considere relevante, así como una explicación de los datos para una mejor comprensión de cada punto.
Presentación del informe
El informe podrá ser presentado mediante alguna de las siguientes opciones:
- Transferencia electrónica de datos del formulario de declaración jurada F. 8097, ingresando al servicio con clave fiscal “Presentación de DDJJ y Pagos”. Para esta operación deberás contar con clave fiscal nivel 3.
- Mediante el Web Services denominado “Presentación de DDJJ – perfil contribuyente”
Una vez remitida la información, esta Agencia realizará los controles sistémicos correspondientes para emitir la constancia definitiva de aceptación de los datos remitidos.
El resultado del proceso de validación se pondrá a disposición de la entidad informante, a través del Domicilio Fiscal Electrónico o del Web Services denominado “Webservices Consumir/Comunicaciones de Ventanilla Electrónica“.
Si la presentación resulta rechazada, el sistema reflejará las inconsistencias detectadas, que deberán ser subsanadas y efectuar una nueva presentación.