Sujetos alcanzados
Deben emitir factura electrónica o utilizar controladores fiscales, para respaldar todas sus operaciones realizadas en el mercado interno:
- Inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado.
- Exentos en el Impuesto al Valor Agregado.
- Monotributistas.
- Quienes desarrollen alguna de las actividades comprendidas en el anexo de la RG 3749.
- Exportadores, por la RG 2758.
- Comercializadores de bienes usados no registrables, enmarcados en la RG 3411.
Por su parte, deben emitir obligatoriamente facturas electrónicas:
- Quienes desarrollen alguna de las actividades comprendidas en el anexo de la RG 3749.
- Exportadores, por la RG 2758.
- Comercializadores de bienes usados no registrables, enmarcados en la RG 3411.