¿Qué datos deben contener los comprobantes?
Los comprobantes deberán contener los datos establecidos en el Anexo II de la Resolución General N° 1415/2003.
Cuando se trate de un sujeto receptor que revista el carácter de consumidor final en el impuesto al valor agregado:
- Leyenda “A CONSUMIDOR FINAL”.
- Si el importe de la operación es igual o superior a $10.000.000
- CUIT, CUIL o CDI o, en su caso, DNI. En el supuesto de extranjeros, documento o cédula de identidad del país de origen o pasaporte.
Los datos de apellido, nombre y domicilio del comprador, locatario o prestatario podrán informarse, o completarse con las letras “NR” de “No Requerido” o con ceros, cuando el sistema de facturación o controlador fiscal lo requiera.