Versión 47.5

Pago a Cuenta Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios – Simplificación del mecanismo de cancelación de las obligaciones.

Aquellos empleadores que computen como pago a cuenta hasta el 30% del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias, a ser aplicado hasta el tope del 15% de las contribuciones patronales SIPA, cuentan a partir de esta versión con la posibilidad de generar un único Volante Electrónico de Pago (VEP) consolidado que incluye las diferentes obligaciones determinadas en su declaración jurada.

De esta forma, los empleadores habilitados para acceder al beneficio (caracterizados en el Sistema Registral con el código “272- Micro Empresas Ley 25300.”) podrán cancelar todos los impuestos de su F.931 en un único paso de manera ágil y sencilla, sin necesidad de generar los tres VEPs diferentes de manera manual como exigía el mecanismo hasta ahora.

Para mayor información respecto al procedimiento de pago, sugerimos visitar la guía “Decreto 394/2023 – Pago a cuenta - Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios”

Normativa: