Procedimiento general
Tanto el servicio aduanero como los usuarios externos contarán con un servicio web denominado “Gestión de la Comunicación de Embarque”. Los usuarios externos deberán utilizarlo mediante el acceso con clave fiscal.
A través de este servicio podrán gestionar las solicitudes y las consultas al sistema.
El registro de la COEM deberá realizarse entre 96 y 6 hs antes del horario estimado para que el medio de transporte arribe al punto de embarque.
Los plazos para la carga de la información en la COEM serán parametrizados por las Aduanas.
1. Registrar COEM
La comunicación de embarque previa podrá registrarse desde 96 horas antes del arribo del medio de transporte.
Primero se registra la carátula mediante el método de webservices “Registrar Caratula”, que contiene información del medio de transporte, aduana y LOT, así como la fecha estimada de arribo y zarpada.
Luego mediante el método de webservices “Registrar COEM” se genera la información de los permisos de embarque, transbordos, reembarcos o contenedores vacíos que se embarcarán (Ver set de datos).
En esta instancia la COEM se encontrará en estado “En curso”.
Una vez enviada la información de la COEM, se procederá a utilizar el método de webservices “Cerrar COEM”.
De esta manera, el estado de la misma pasará a “Registrada”. La declaración pasa a disposición del servicio aduanero para su análisis.
Previo a que comience su análisis el Servicio Aduanero, si fuese necesario, el declarante podrá modificar datos previamente cargados, según corresponda, mediante los métodos “Rectificar Caratula y “Rectificar COEM”.
En caso de que se requiera anular una COEM en estado En curso o Registrada deberá utilizarse el método de webservices “Anular COEM”. Cuando razones justificadas lo requieran, la Comunicación de Embarque en estado Presentada o Autorizada podrá ser modificada si lo solicita el declarante y lo debe autorizar el servicio aduanero (Ver solicitudes que permiten la modificación de una COEM)
2. Análisis por parte del servicio aduanero
Una vez registrada la COEM por parte de la terminal, el muelle particular, o el ATA, pueden presentarse diferentes motivos por los cuales el servicio deba impedir la puesta a bordo de una mercadería, por ello, existirá la posibilidad de eliminar los renglones correspondientes al momento de la presentación, indicando claramente el motivo, que se encontrará parametrizado, superados esos controles la COEM se encontrará en estado “Presentada”.
Estos renglones de mercadería y sus motivos de baja se podrán visualizar desde el servicio web de consultas para usuarios externos llamado “Gestión Comunicación de Embarque”.
Eventualmente los renglones de mercadería que sean eliminados de una COEM podrán registrarse posteriormente en una nueva cuando hayan superado los inconvenientes que impidieron su autorización (ejemplo, cumplir con el escaneo por existir un ADO). El resto de la mercadería, se encontrará aceptada por el servicio aduanero.
Se podrán presentar sucesivas COEM para el mismo medio de transporte y lugar operativo (carátula), a fin de sumar siempre nueva mercadería que será embarcada.
Las COEM que amparen a contenedores y bultos sueltos deberán informar la COEM hasta 6 horas antes del arribo del medio de transporte, de todas maneras se permitirá informar cargas cuando haya pasado el plazo, como es usual, la presentación de la declaración quedará sujeta a la evaluación del servicio aduanero.
La información de la COEM que ampara mercadería a granel podrá presentarse hasta el momento previo de la partida del medio de transporte.
Confirmación de la información
Dentro de las 24 hs previa al arribo del medio de transporte, las COEM asociadas deberán pasar de estado “Presentada” a “Autorizada” mediante una transacción operada por el servicio aduanero que revalida los controles. Si no pasa a estado Autorizada no podrá embarcarse ni pasar a la declaración definitiva.
Los usuarios externos mediante el servicio web “Gestión Comunicación de Embarque” podrán visualizar el estado de las solicitudes enviadas, así como también consultar las COEM y CODE generadas.
3. Conversión en definitiva de la información remitida (CODE)
Contenedores o bultos sueltos
El declarante deberá informar mediante el método de web service “Solicitar Cierre de Carga en Contenedores o Bultos” el cierre de embarque dentro de las 2 horas posteriores a la salida del medio transportador. En el mismo informará todas las COEM en estado Autorizada que fueron embarcadas.
Una vez aceptado el cierre por parte del servicio aduanero, permitirá que el sistema genere la CODE de manera automática.
Graneles
La excepción se presenta para el caso de mercadería embarcada a granel, que contará con un plazo de 48 hs. hábiles para presentar el cierre de embarque mediante el método de web services “Solicitar Cierre de Carga a Granel”, que posteriormente generará la CODE.
La CODE será siempre la suma de las distintas “Comunicación de Embarque Previa” (COEM) autorizadas para ese medio de transporte y lugar operativo. La CODE pasará a presentada al registrar el cierre de carga (en contenedores o en bultos, o a granel, según corresponda).
Para el caso específico de graneles en la COEM se deberá informar, en los campos Cantidad de bultos y Peso en kilos, la misma cantidad, y los datos serán provisorios, ya que las cantidades reales surgirán luego de que se cargue el granel sobre el medio de transporte.
Asimismo, declararán una COEM en la cual solo se tratará de mercadería a granel.
Consultas
Dentro del menú “Gestión de la Comunicación de embarque” existirá una transacción de consulta tanto para externos como para internos. Sera un servicio web de consultas.
La misma cuenta con diferentes filtros por lo que se puede consultar para una COEM o carátula. Podrá filtrarse por estado de la COEM y rango de fechas, etc. Podrá filtrarse solo lo aprobado, solo lo No a bordo, y en ese caso el sistema mostrará sus motivos y los bultos o identificación de los contenedores, a fin de que el Servicio Aduanero tome las precauciones correspondientes sobre la mercadería.
Ej.: Declaración XXX NO A BORDO vencido el plazo del embarqueDeclaración XXX NO A BORDO IMEX suspendido
El reporte podrá descargarse en formato Excel, e imprimirse de ser necesario.