Sustitución de mercaderías exportadas con deficiencias

Con reposición de mercadería

Se encuentra habilitado en el Sistema Informático de Trámites Aduaneros (SITA), el subtrámite 10084, el cual deberá ser dirigido al Depto. Técnica de Exportación/ División Técnica. Este trámite resulta aplicable para los siguientes casos:

  • Solicitud de sustitución para compensar envíos de mercaderías exportadas con deficiencias, en los términos del art. 573 y siguientes del Código Aduanero.
  • Solicitud de exportación de mercadería en sustitución, sin la devolución de la mercadería defectuosa, en los términos del artículo 577 del Código Aduanero.

Sin reposición de mercadería

Se encuentra disponible en el Sistema Informático de Trámites Aduaneros (SITA), el subtrámite 10167 el cual deberá ser dirigido al Dpto. Técnica de Exportación / División Técnica. Este trámite debe utilizarse cuando el interesado hubiere optado por la reimportación de la mercadería defectuosa sin sustitución, en los términos del artículo sin número a continuación del artículo 576 del Código Aduanero.

En caso que el exportador haya percibido los reintegros por la operación que pretende retornar, deberá acreditar su devolución. A tal efecto, el interesado deberá registrar una Liquidación Manual motivo DEVR (DEVOLUCIÓN DE BENEFICIOS) afectando el concepto de recaudación 425 (IVA DEV. REINT. REEM.), aportando el comprobante del pago de la liquidación manual (VEP) en ocasión de la presentación del trámite.