¿Quienes pueden inscribirse?

Pueden inscribirse en el registro las personas humanas, sucesiones indivisas, empresas o explotaciones unipersonales, sociedades, asociaciones y demás personas jurídicas que desarrollen alguna de las siguientes actividades:

  • Productores, criadores y cabañeros de hacienda bovina/bubalina.
  • Feed lots.
  • Invernadores de hacienda bovina/bubalina.
  • Establecimientos faenadores y/o frigorífico de hacienda bovina/bubalina.
  • Consignatarios y/o comisionistas de hacienda bovina/bubalina.
  • Consignatarios directos de hacienda bovina/bubalina.
  • Consignatarios de carnes de hacienda bovina/bubalina.
  • Mercados concentradores, ferias o predios feriales donde se comercialice hacienda bovina/bubalina.
  • Matarifes –abastecedores y carniceros- y toda otra modalidad de usuarios de faena de hacienda bovina/bubalina.
  • Comercializadores de subproductos comestibles y no comestibles de origen bovino/bubalino.
  • Adquirentes de cueros de hacienda bovina/bubalina en estado crudo (comprende a los cueros frescos y salado)

Quienes operen en la compraventa, tenencia y/o traslado de hacienda bovina/bubalina o su faenamiento, que no se encuentren incluidos en los incisos anteriores deberán seleccionar, al momento de registración, alguna de las categorías aludidas e incluirse en la misma. Quedan exceptuados de la obligación los transportistas de hacienda.

Aquellos productores, criadores o cabañeros de hacienda bovina/bubalina que se encuentren incluidos en el “Registro Fiscal de Operadores en la compraventa de Granos y Legumbres Secas”, que decidan incorporarse al “Registro”, deberán manifestar su voluntad en ese sentido.