Obligatoriedad del uso de la CPEDG
A partir del 1° de marzo de 2023 es obligatorio amparar el traslado y/o entrega de derivados granarios a través de la carta de porte electrónica de derivados granarios (CPEDG)
Registros y regímenes para el tratamiento de las actividades correspondientes a los sectores agropecuarios
A partir del 1° de marzo de 2023 es obligatorio amparar el traslado y/o entrega de derivados granarios a través de la carta de porte electrónica de derivados granarios (CPEDG)