Telegramas laborales

A través del servicio con clave fiscal “Telegramas Laborales, art. 11 Ley Nº 24.013” los trabajadores podrán presentar ante esta Administración Federal los telegramas enviados a sus empleadores.

¿Cómo se accede al servicio?

  • Con clave fiscal, nivel de seguridad 2 o superior (ver guía paso a paso de cómo obtenerla),
  • En el caso de no contar con clave fiscal, a través de la autenticación garantizada por las entidades bancarias en su “homebanking”.

El sistema solicitará los datos de identificación del empleador y del telegrama, junto con el archivo digital del telegrama, pudiendo ser una fotografía, o la imagen escaneada. Al finalizar otorgará un acuse de recibo que tiene validez como constancia del envío de la comunicación a AFIP, según lo establecido en la Ley Nº 24.013.