Cancelación anticipada

Se solicita a través del sistema "Mis Facilidades", a partir del mes en que se produce el vencimiento de la segunda cuota del plan de facilidades de pago (ver requisitos para la solicitud).

Cancelación total:

Para la determinación del importe, se consideran las cuotas vencidas e impagas y no vencidas, sin tener en cuenta el resultado del débito de la cuota del mes en que se solicita la cancelación anticipada.

Cancelación anticipada parcial:

Comprende sólo las cuotas con vencimiento a partir del mes siguiente al de la solicitud y debe efectuarse por el importe de la cuota capital más los intereses de financiamiento.

El sistema "Mis Facilidades" calcula el monto de la deuda que se pretende cancelar -capital más intereses de financiamiento- al día 12 del mes siguiente de efectuada la solicitud de cancelación anticipada, fecha en la cual será debitado de la cuenta bancaria habilitada.