Cuotas

¿Cuál será la tasa de interés?

La tasa de interés será fija, del 2% mensual, durante las 6 primeras cuotas resultando luego de aplicación la tasa BADLAR en moneda nacional de bancos privados. Asimismo, se podrá cancelar anticipadamente el plan de pagos.

¿Cuál será la cantidad máxima de cuotas?

La cantidad máxima de cuotas se determinará de acuerdo con el tipo de contribuyente y obligación, conforme se indica seguidamente:

  • Micro, pequeñas y medianas empresas con certificado MiPyme vigente a la fecha de adhesión, contribuyentes condicionales y pequeños contribuyentes: 60 cuotas para regularizar los aportes de la seguridad social, así como las retenciones y percepciones impositivas y de la seguridad social, y 120 cuotas para las restantes obligaciones.
  • Entidades sin fines de lucro, organizaciones comunitarias, entes públicos no estatales y entidades comprendidas en los incisos b), e), f), g) y l) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, (t.o. 2019 y su modificación), a las que se refiere el inciso c) del artículo 4° de esta resolución general: 120 cuotas para todas las obligaciones.
  • Demás contribuyentes: 48 cuotas para regularizar los aportes de la seguridad social así como las retenciones y percepciones impositivas y de la seguridad social, y 96 cuotas para las restantes obligaciones.