Declaraciones anteriores al período 11/2025

El método de presentación "IVA simple" será de aplicación obligatoria para las declaraciones juradas (originales o rectificativas) del período fiscal noviembre 2025 y siguientes.

También podrá utilizarse este método de presentación simplificado para las declaraciones juradas (originales o rectificativas) por los períodos fiscales junio 2025 a octubre 2025, en sustitución de los formularios F.731 y F.810 (del programa aplicativo "I.V.A. - Versión 6.0”) o formulario “F. 2002 IVA por Actividad”, según corresponda.

En caso de optar por la utilización de "IVA simple", no regirá la obligación de registrar electrónicamente las operaciones por dichos períodos mediante el “Libro de IVA Digital”.

Las declaraciones juradas (originales o rectificativas) correspondientes a los períodos fiscales anteriores a mayo 2025 inclusive, continuarán presentándose por los formularios F.731, F.810, "F.2002 IVA por actividad" o "F.2082 IVA Listo", según el contribuyente de que se trate.