Quiénes deben abonarlo

Deberán abonar el impuesto quienes realicen las operaciones alcanzadas y que:

  • Sean residentes en el país, así sean personas humanas, jurídicas, sucesiones indivisas u otros responsables.
  • Sean titulares, usuarios, titulares adicionales o beneficiarios de extensiones de tarjetas de crédito, débito o compra.