Eximidos

Se eximen al fideicomiso Fondo de Integración Socio Urbana y a su fiduciario de todos los impuestos, tasas y contribuciones nacionales existentes y a crearse en el futuro, incluyendo el IVA y el impuesto a los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, en sus operaciones relativas al fondo. La exención a este último impuesto será aplicable para los movimientos de las cuentas utilizadas exclusivamente a los fines de su creación.

Las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentran invitadas a adherir a la eximición de todos los tributos aplicables en su jurisdicción.