No son facultades de ARCA las resoluciones anticipadas en materia de origen. Deberán ser tramitadas ante la Secretaría de Comercio.

Definición

La resolución anticipada es el pronunciamiento oficial y vinculante, emitido por la Dirección General de Aduanas en respuesta a una consulta presentada por el solicitante, con anterioridad a la tramitación de una destinación de importación o exportación, en la que se establece el tratamiento aduanero que se concederá a la mercadería.