Mayores ingresos

Quienes se encuentren comprendidos en el impuesto cedular a los mayores ingresos únicamente deberán realizar la carga del SIRADIG a fines de ingresar:

  • Las deducciones en concepto de aportes a sociedades de garantía recíproca.
  • Pagos y contribuciones por la vigencia de relaciones laborales bajo el Régimen de Personal de Casas Particulares.
  • Las ganancias liquidadas por otros empleadores en casos de pluriempleo.
  • El beneficio por trabajo y/o residencia en zona Patagónica.
  • Los ajustes que puedan surgir por montos retroactivos.