Retenciones, percepciones y pagos a cuenta
Impuestos sobre Créditos y Débitos en Cuenta Bancaria
Podés informar como pago a cuenta:
- 33% del impuesto percibido a la tasa del 6%º -seis por mil- originado en las acreditaciones realizadas en la cuenta bancaria.
- 33% del impuesto ingresado o percibido alcanzado por la tasa del 12%º -doce por mil-.
Retenciones y percepciones aduaneras
Tené en cuenta que si estás obligado a presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias utilizando el aplicativo, tenés que computar las retenciones o percepciones aduaneras dentro de esa declaración jurada y no con el 572 web.
Ajustes por montos retroactivos
En este ítem corresponde cargar el monto de los ajustes de salarios de años anteriores pagados por otro empleador y cobrados durante el período que estás declarando.
Ajustes por sociedades de garantía recíproca
Si te corresponde, en este apartado debés informar la CUIT de la sociedad y los aportes efectuados durante el año calendario que se está declarando. En el sistema vas a ver que podés brindar esta información desde la solapa de ajustes y también desde la solapa “deducciones y desgravaciones”.
Percepciones por operaciones en moneda extranjera – RG 5617
Podés informar las percepciones que te realizaron por:
- Compra de moneda extranjera.
- Adquisición de bienes o servicios en el exterior con tarjeta de crédito, débito o compra.
- Contratación con tarjeta de crédito, débito o compra de servicios prestados por sujetos no residentes.
- Contratación de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país.
Autorretenciones
En caso de que tu empleador no te haya practicado las retenciones correspondientes según surja del recibo de haberes y hayas ingresado el impuesto no retenido, deberás informarlo mensualmente en el SIRADIG. Así, la retención será tenida en cuenta en la próxima liquidación.
Por otra parte, si de la declaración jurada anual F. 1359 que recibas surge una suma no retenida por tu empleador, podrás optar por abonarla mediante VEP, utilizando los códigos 011-708-708. Este pago te exceputará de tener que darte de alta en el impuesto y presentar la declaracion jurada de período fiscal en cuestión.