Casos especiales de inscripción
Las entidades que se indican a continuación deben realizar su inscripción en ARCA de acuerdo con las normas que en cada caso se detallan (es decir, no se rigen por el procedimiento general de inscripción previsto en la Resolución General 5803):
| Tipo de entidad | Norma |
|---|---|
| Sociedades comprendidas en el artículo 299 de la Ley General de Sociedades Nº 19.550 con domicilio en CABA | Resolución General Conjunta 2325 |
| SAS con domicilio legal en CABA | Resolución General Conjunta 4098 |
| SAS con domicilio legal en la provincia de Corrientes | Resolución General Conjunta 4402 |
| Cooperativas y mutuales | Resolución General Conjunta 4860 |
| Sociedades anónimas, asociaciones civiles, fundaciones, sociedades de responsabilidad limitada y SAS con domicilio legal en la provincia de Córdoba | Resolución General Conjunta 5020 |
| Sociedades, asociaciones civiles, fundaciones, contratos asociativos y contratos de fideicomiso, sometidos a la jurisdicción de la provincia de Buenos Aires | Resolución General 5238 |
| Asociaciones cooperadoras escolares (con sede en establecimientos educacionales) que actúen en el ámbito de la provincia de Buenos Aires | Resolución General 5274 |
| RIGI, obtención de CUIT especial para los VPU | Resolución General 5590 (Título I) |