Vencimientos

F. 2668 y Estudio de precios de transferencia

El Estudio de Precios de Transferencia y el formulario de declaración jurada F. 2668, correspondiente a cada ejercicio fiscal o período fiscal anual, según corresponda, deberá ser presentado por los contribuyentes o responsables, hasta el sexto mes posterior al de su cierre, en las siguientes fechas de acuerdo con la terminación de la CUIT:

TERMINACIÓN CUIT VENCIMIENTO
0-1 Hasta el día 23, inclusive
2-3 Hasta el día 24, inclusive
4-5 Hasta el día 25, inclusive
6-7 Hasta el día 26, inclusive
8-9 Hasta el día 27, inclusive

Informe maestro

El Informe Maestro correspondiente a cada ejercicio fiscal o período fiscal anual, según corresponda, deberá ser presentado por los contribuyentes o responsables, hasta el duodécimo mes posterior al de su cierre, en las siguientes fechas de acuerdo con la terminación de la CUIT:

TERMINACIÓN CUIT VENCIMIENTO
0-1 Hasta el día 23, inclusive
2-3 Hasta el día 24, inclusive
4-5 Hasta el día 25, inclusive
6-7 Hasta el día 26, inclusive
8-9 Hasta el día 27, inclusive

F. 2669, F. 2670 y F. 2671

De acuerdo a lo establecido por el artículo 3 de la Resolución General Nº 4837, los plazos establecidos son los siguientes:

Formulario de declaración jurada Plazo para presentación
F. 2669 - Registro de contratos no incluidos en la RG 4.653 – Presentación inicial Hasta las 11:00 horas del día siguiente al de la firma del contrato.
F. 2670 - Registro de contratos no incluidos en la RG 4.653 – Información complementaria obligatoria Hasta el séptimo día posterior a la fecha de presentación del formulario F. 2669.

En caso que fuera necesario anular los contratos registrados, se deberá llevar a cabo vía "Presentaciones Digitales" el trámite “Anulación de Contratos Registrados - Documentación Respaldatoria – F 2671”. En él se deberá adjuntar aquella documentación en la que consten los motivos de la anulación solicitada. Posteriormente se deberá transmitir el “F2671 Registro de contratos no incluidos en la RG 4653 – Solicitud de anulación” mediante “Presentación de DDJJ y Pagos”.

F.2672

El formulario de declaración jurada “F. 2672 Régimen Simplificado de Operaciones Internacionales", correspondiente a cada ejercicio fiscal, deberá ser presentado por los contribuyentes o responsables, hasta el sexto mes posterior al de su cierre, en las siguientes fechas de acuerdo con la terminación de la CUIT:

TERMINACIÓN CUIT VENCIMIENTO
0-1 Hasta el día 23, inclusive
2-3 Hasta el día 24, inclusive
4-5 Hasta el día 25, inclusive
6-7 Hasta el día 26, inclusive
8-9 Hasta el día 27, inclusive

Vencimiento especial. – Períodos fiscales cerrados entre el 31 de diciembre de 2020 y el 31 de diciembre de 2021

La declaración jurada del Régimen Simplificado de Operaciones Internacionales correspondiente a los períodos fiscales cerrados entre el 31/12/20 y el 31/12/21 podrá presentarse, considerándose en término, hasta la fecha que surja del siguiente detalle:

TERMINACIÓN CUIT VENCIMIENTO
0-1 Hasta el 23 del noveno mes posterior al cierre del ejercicio fiscal
2-3 Hasta el 24 del noveno mes posterior al cierre del ejercicio fiscal
4-5 Hasta el 25 del noveno mes posterior al cierre del ejercicio fiscal
6-7 Hasta el 26 del noveno mes posterior al cierre del ejercicio fiscal
8-9 Hasta el 27 del noveno mes posterior al cierre del ejercicio fiscal
Aclaración: Cuando alguna de las fechas coincida con un día feriado o inhábil, dicha fecha, así como las posteriores, se trasladarán correlativamente al o a los días hábiles inmediatos siguientes que correspondan.