¿Quiénes se encuentran alcanzados por el régimen?
Las entidades residentes en el país que integren un Grupo de EMN.
Se denominan entidades integrantes de un Grupo EMN a cualquier:
- Ente, patrimonio especial, fondo, organización o similar que pueda identificarse como unidad de negocio independiente:
- incluida en los estados contables consolidados del Grupo de EMN publicados a efectos de información contable y financiera, o que se incluiría si cotizaran participaciones del capital de dicha entidad en un mercado público de valores, o
- excluida de los estados contables consolidados por razones de tamaño, relevancia.
- Establecimiento estable de una unidad independiente de negocios del Grupo de EMN incluida en el punto a) precedente, en tanto esa entidad efectúe registraciones contables en forma separada para dicho establecimiento estable a efectos de la comunicación de información financiera, regulatoria, fiscal o de control de gestión interno.
¿Quiénes se encuentran excluidos?
Los Grupos de EMN cuyos ingresos anuales totales consolidados reflejados en sus estados contables consolidados o en los que hubieran tenido que producir a causa de la negociación de la participación de cualquiera de sus integrantes en mercados públicos de valores atribuibles al ejercicio fiscal anterior al ejercicio fiscal a informar, sean inferiores a € 750.000.000 o su equivalente en la moneda local de la jurisdicción fiscal de la última entidad controlante, al tipo de cambio vigente en dicha jurisdicción a enero de 2015.
Si el ejercicio fiscal anterior que debe tenerse como base para la determinación de la exclusión del régimen, es irregular, se deberá proporcionar el aludido importe en función de la cantidad de meses que componen dicho ejercicio.