¡IMPORTANTE! Según la RG 5896, a partir del 1º de octubre de 2026 todas las cuotas de los planes de facilidades de pago se debitarán automáticamente de tu cuenta bancaria (incluidas aquellas por montos iguales o superiores a $ 100.000.000).
Recordá declarar tu CBU y seleccionarla desde el Servicio Mis Facilidades para evitar la generación de intereses por pagos fuera de término.
Asimismo, tené en cuenta que si realizaste un cambio de CBU para el débito directo de las cuotas, el mismo tendrá efectos a partir del primer día hábil del mes inmediato siguiente.
Características generales
Se trata de un régimen especial de facilidades de pago destinado a posibilitar la regularización de las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social de los contribuyentes pertenecientes al sector salud, incluidos los establecimientos de salud con internación comprendidos en el Título V de la Ley Nº 17.132.
Esta medida se adopta al considerar la situación económica y financiera que atraviesan los sujetos que conforman el sector. Esto torna procedente la adopción de medidas específicas orientadas a facilitar la regularización de sus obligaciones tributarias y resguarda, al mismo tiempo, la efectiva prestación de servicios esenciales para la comunidad.
El servicio “Mis Facilidades” está disponible para acogerse al régimen del 9 de junio y hasta el 30 de octubre de 2026.
Este régimen comprende las obligaciones vencidas y las multas aplicadas hasta el 31 de mayo de 2026.