Características

  • Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas y su monto se calculará aplicando la siguiente fórmula:
  • Fórmula plan emergencia sequia
  • El monto mínimo de cada cuota será de $ 2.000.
  • La tasa de interés de financiación será equivalente a:
    • 70 % de la correspondiente a los intereses resarcitorios, cuando se trate de pequeños contribuyentes, entidades sin fines de lucro, micro y pequeñas empresas.
    • 90 % de la correspondiente a los intereses resarcitorios, cuando se trate de medianas empresas de los tramos 1 y 2.
    • 100 % de la correspondiente a los intereses resarcitorios, para los demás contribuyentes.
  • Una vez confeccionado el plan y determinada la cantidad de cuotas, se deberá proceder a su presentación, determinando en esa fecha la consolidación del plan.
  • La presentación será comunicada a través del domicilio fiscal electrónico.
  • Los intereses resarcitorios y punitorios calculados por el sistema, a partir de la incorporación de una obligación vencida a la fecha de adhesión, no podrán ser modificados por el contribuyente.