Sujetos alcanzados

Los ciudadanos inscriptos en el impuesto al valor agregado, obligados a registrar electrónicamente sus operaciones a través del “Libro de IVA Digital”, podrán presentar la declaración jurada mensual determinativa del impuesto al valor agregado de manera simplificada, ingresando al servicio con clave fiscal "PORTAL IVA”.

Aclaramos que, actualmente, quienes cuenten con más de una actividad declarada no podrán acceder al IVA simplificado.

¡Importante!: Si tenés pagos a cuenta, para incluirlos en tu declaración jurada de IVA, temporalmente tendrás que seguir utilizando el servicio “Mis Aplicaciones Web” (opción Formulario: "F2002 - IVA por Actividad") o el aplicativo IVA (Formulario F. 731).