REPRESENTACIONES DIPLOMÁTICAS Y OTRAS
Solicitud de CDI
Las representaciones diplomáticas y otras entidades que no tengan CUIT por no existir causales de índole fiscal o previsional que las obliguen, y que necesiten realizar trámites ante entidades bancarias y/o registros, deben solicitar la CDI.
Procedimiento
El representante legal o sujeto autorizado debe:
- Ingresar con su clave fiscal nivel 3 o superior.
- Acceder al servicio “Inscripción y Modificación de Personas Jurídicas”.
- Seleccionar la opción “Alta nueva persona jurídica”.
- Elegir tipo de clave: “CDI”.
- Completar los datos solicitados y adjuntar la documentación de respaldo.
La documentación debe adjuntarse en formato digital, como imagen a color, legible y en PDF.
Domicilio a declarar
- Se debe declarar el domicilio legal.
- Si la entidad está domiciliada en el exterior, se debe informar el domicilio del apoderado o representante legal.
En el mismo servicio se procede a constituir el domicilio fiscal electrónico (DFE).
Si se detectan inconsistencias en la documentación, se podrá requerir, vía DFE del requirente, la información complementaria y/o los elementos necesarios para evaluar la solicitud.