Cuánto se paga
El importe a abonar se calcula aplicando los porcentajes que se indican a continuación:
30%
- sobre todas las operaciones alcanzadas, siempre que no se encuentren gravadas a una alícuota menor según se detalla seguidamente.
- Queda gravada a esta alícuota la importación de bienes suntuarios
25%
- sobre la adquisición en el exterior o en país (prestados por no residentes) de los servicios indicados en el anexo II del Decreto 99/2019.
8%
- Sobre los servicios digitales.
17,5%
- adquisición en el exterior o en país (prestados por no residentes) de servicios de fletes y transportes para importación y exportación de bienes, e
- importación de mercaderías no eximidas del impuesto, siempre que no se trate de bienes suntuarios.
La suscripción de bonos o títulos emitidos por el Banco Central quedará gravada, sobre el importe total de la operación, de la siguiente forma:
- Al 0%, hasta el 31 de enero de 2024.
- A partir del 1 de febrero de 2024, a la alícuota que corresponda a la operación de importación por la que se suscriben los bonos o títulos.