Requisitos para la adhesión

Para adherir a esta modalidad, el titular de la planta habilitada debe presentar el trámite SITA con la información y documentación necesaria  que se detalla aquí.

Aquellos usuarios que deseen operar con la modalidad de exportación monitoreada pero no son titulares de planta de exportación habilitada, deben presentar el trámite SITA informando a esta Agencia los datos relacionados a la planta habilitada para monitoreo. 

En ambos casos deberán tener una antigüedad mayor a 2 años como Importador/Exportador registrado en esta Agencia.

Titular de la planta habilitada

El operador que actúe bajo el régimen de cargas de exportación en planta en lugares operativos habilitados conforme la Resolución General ARCA N° 5721/2025 y sus modificatorias y que opte por la modalidad de Exportación Monitoreada en forma remota, debe:

Tercero habilitado para operar en planta

El operador que actúe como tercero habilitado para operar en lugares operativos habilitados conforme la Resolución General ARCA N° 5721/2025 y sus modificatorias y que opte por la modalidad de Exportación Monitoreada en forma remota, debe: