Requisitos para utilizar el Régimen Exporta Simple

  • Los sujetos beneficiarios deberán contar con CUIT activa y clave fiscal con nivel de seguridad 3 como mínimo.
  • Deberá revestir el carácter de responsable inscripto en el impuesto al valor agregado, poseer el alta en el impuesto a las ganancias o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), de corresponder
  • No se requiere la inscripción del usuario como importador/exportador en los registros especiales aduaneros
  • El usuario será el responsable de emitir la factura de exportación correspondiente
  • El monto anual de facturación de estas exportaciones no podrá superar el valor FOB equivalente a USD 600.000 por sujeto
  • Cada operación individual no podrá superar el valor FOB de USD 15.000 por sujeto
  • Los bienes sujetos a exportación mediante el presente régimen no deberán estar alcanzados por prohibición, suspensión o cupo a la exportación
  • Los bienes a exportar mediante el presente régimen no podrán ser aquellos sometidos a un tratamiento operativo específicamente normado para el control aduanero
  • Este régimen no permite cancelar insumos ingresados mediante destinaciones suspensivas de importación temporaria, ni mercadería sujeta a precios revisables o concentrados de minerales

Requisitos generales del Operador Logístico del Régimen Exporta Simple (RG AFIP N° 2570/09)

Poseer el alta de perfil de Importador/Exportador. A
Estar inscripto y habilitado como Agente de Transporte Aduanero. A
Poseer un patrimonio neto igual o superior a UN MILLÓN DE PESOS ($ 1.000.000) según los datos consignados en la última Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias. A
Acreditar una antigüedad como Agente de Transporte Aduanero superior a los TRES (3) años. A
Garantía adicional:
(i) UN MILLÓN DE DÓLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 1.000.000) si tiene un patrimonio neto no inferior a UN MILLÓN DE PESOS ($ 1.000.000) y una antigüedad en la actividad no inferior a TRES (3) años,
(0) QUINIENTOS MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 500.000) si tiene un patrimonio neto no inferior a UN MILLÓN QUINIENTOS MIL PESOS ($ 1.500.000) y una antigüedad en la actividad no inferior a CINCO (5) años,
(i) CIEN MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 100.000) si tiene un patrimonio neto no inferior a TRES MILLONES DE PESOS ($ 3.000.000) y una antigüedad en la actividad no inferior a DIEZ (10) años.
A
No registrar al momento de la presentación de la solicitud deuda líquida y exigible por obligaciones impositivas, aduaneras y de los Recursos de la Seguridad Social. A
Confirmación por parte de la Secretaría de Comercio del Ministerio de Economía respecto de su incorporación como Operador Logístico en el Portal "web" "Exporta Simple". (1) A

Aclaración:
(1) Requisito a validar por el agente interviniente en el trámite de inscripción mediante consulta a la Secretaría de Comercio del Ministerio de Economía.

Más información: Resolución General AFIP N° 2570/09 y su Anexo.