Requisitos para utilizar el Régimen Exporta Simple
- Los sujetos beneficiarios deberán contar con CUIT activa y clave fiscal con nivel de seguridad 3 como mínimo.
- Deberá revestir el carácter de responsable inscripto en el impuesto al valor agregado, poseer el alta en el impuesto a las ganancias o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), de corresponder
- No se requiere la inscripción del usuario como importador/exportador en los registros especiales aduaneros
- El usuario será el responsable de emitir la factura de exportación correspondiente
- El monto FOB anual de exportaciones de bienes que se encuentren alcanzados en el régimen general por alícuotas de derechos de exportación superiores al 0%, no podrá superar los USD 600.000 por sujeto.
- Cada operación individual no podrá superar el valor FOB de USD 15.000 de bienes alcanzados en el régimen general por alícuotas de derechos de exportación superiores al CERO POR CIENTO (0%)
- Los bienes que no se encuentren gravados en el régimen general por alícuotas de derechos de exportación no serán afectados por los topes de valor FOB de USD 15.000 por operación y USD 600.000 anual.
- Los bienes sujetos a exportación mediante el presente régimen no deberán estar alcanzados por prohibición, suspensión o cupo a la exportación
- Los bienes a exportar mediante el presente régimen no podrán ser aquellos sometidos a un tratamiento operativo específicamente normado para el control aduanero
- Este régimen no permite cancelar insumos ingresados mediante destinaciones suspensivas de importación temporaria, ni mercadería sujeta a precios revisables o concentrados de minerales
Requisitos generales del Operador Logístico del Régimen Exporta Simple (RG AFIP N° 2570/09)
| Poseer el alta de perfil de Importador/Exportador. | A |
| Estar inscripto y habilitado como Agente de Transporte Aduanero. | A |
| Poseer un patrimonio neto igual o superior a UN MILLÓN DE PESOS ($ 1.000.000) según los datos consignados en la última Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias. | A |
| Acreditar una antigüedad como Agente de Transporte Aduanero superior a los TRES (3) años. | A |
| Garantía adicional: (i) UN MILLÓN DE DÓLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 1.000.000) si tiene un patrimonio neto no inferior a UN MILLÓN DE PESOS ($ 1.000.000) y una antigüedad en la actividad no inferior a TRES (3) años, (0) QUINIENTOS MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 500.000) si tiene un patrimonio neto no inferior a UN MILLÓN QUINIENTOS MIL PESOS ($ 1.500.000) y una antigüedad en la actividad no inferior a CINCO (5) años, (i) CIEN MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 100.000) si tiene un patrimonio neto no inferior a TRES MILLONES DE PESOS ($ 3.000.000) y una antigüedad en la actividad no inferior a DIEZ (10) años. |
A |
| No registrar al momento de la presentación de la solicitud deuda líquida y exigible por obligaciones impositivas, aduaneras y de los Recursos de la Seguridad Social. | A |
| Confirmación por parte de la Secretaría de Comercio del Ministerio de Economía respecto de su incorporación como Operador Logístico en el Portal "web" "Exporta Simple". (1) | A |
Aclaración:
(1) Requisito a validar por el agente interviniente en el trámite de inscripción mediante consulta a la Secretaría de Comercio del Ministerio de Economía.
Más información: Resolución General AFIP N° 2570/09 y su Anexo.