CUIT observada por trámite de alta de CUIT digital
Asignada la CUIT, la agencia que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente controla que la información ingresada sea correcta.
Si detecta inconsistencias, procederá a limitar la CUIT y notificar de la situación mediante el Domicilio Fiscal Electrónico.
Si una CUIT se encuentra limitada debido a alguna observación relacionada con el trámite de alta de CUIT, se deben corregir los datos informados - o la documentación adjunta- para restituir el estado activo y poder usar los servicios sin limitaciones.
Para subsanar las inconsistencias se debe ingresar al Sistema Registral, “Inicio”, opción “Clave Limitada”, y seguir las indicaciones para modificar los datos y/o remitir la documentación requerida. Se puede consultar la guía “¿Cómo solicito el cambio de estado administrativo de la CUIT?”.
Luego, la agencia realizará un nuevo control, cuyo resultado será la activación de la CUIT o una nueva notificación de inconsistencias en el Domicilio Fiscal Electrónico.
Si ya realizaste la inscripción digital y tenés la CUIT limitada, accedé a más información.