Situaciones especiales Resolución General N° 3832/2016

Las situaciones especiales que establece la Resolución General N° 3832/2016 son las siguientes:

  • Sociedades cuya única actividad consiste en la posesión de participaciones societarias.
  • Contribuyentes que sólo posean bienes registrables y no hayan exteriorizado actividad comercial.
  • Contribuyentes con actividad de ciclo productivo mediano o largo que se encuentren en etapa de inversión inicial (actividad forestal, minera, construcción, etc.). Sociedades con trámites de inicio prolongados (habilitaciones, autorizaciones gubernamentales, etc.).
  • Otras situaciones comprendidas en el Artículo 2°, (inciso c).

Regularización

Ante estas situaciones se debe solicitar el cambio de estadoa través del servicio con clave fiscal "Sistema Registral" (caracterización: 341- Cambio de estado - Situaciones especiales). Luego deberá ingresar a Presentaciones Digitales y gestionar el trámite “Estado administrativo de la CUIT. Reactivación presencial”.