¿Cómo se renueva el certificado?

El certificado de exención se renueva anualmente de manera automática, las entidades no deben hacer ningún trámite.

La renovación se hará siempre que el sistema de control automático pueda verificar que la entidad sigue cumpliendo con los requisitos que se piden para poder solicitar la exención y también los que detallamos a continuación:

  • Haber cumplido con régimen de información que existe para las entidades que reciben donaciones.
  • Tener constituido y actualizado el "Domicilio Fiscal Electrónico".
  • Desde que está exenta debe haber utilizado alguno de los medios enlistados más abajo para cobrar - total o parcialmente - cualquier concepto que fuera de monto igual o superior a $10.000:
    • Depósito bancario.
    • Giro o transferencia bancaria.
    • Débito en cuenta a través de cajero automático.
    • Débito directo en cuenta bancaria.
    • Pago electrónico mediante la utilización de tarjeta de crédito y/o débito.
    • Cualquier otro medio de pago electrónico admitido o regulado por el Banco Central de la República Argentina.
    • Cheque.

    Para acreditar este requisito se debe presentar una nota que exprese su cumplimiento. La nota deberá estar firmada por el responsable de la entidad y certificada por un contador público independiente con firma autenticada por consejo profesional, colegio o entidad en la que esté matriculado.

    La presentación de la nota debe hacerse en formato .pdf a través del servicio con clave fiscal Presentación Única de Balances, con plazo hasta 90 días antes del vencimiento del certificado de exención vigente.

    Algunas entidades no están obligadas a cumplir con el requisito de certificación ante contador público:

    • Asociaciones de bomberos voluntarios reconocidas oficialmente.
    • Asociaciones cooperadoras escolares con autorización extendida por autoridad pública.
    • Comunidades indígenas inscriptas en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas (RENACI) y asociaciones sin fines de lucro cuyos integrantes sean miembros activos de alguna comunidad aborigen, siempre que destinen sus fondos al mantenimiento y fomento de la cultura indígena.
    • Bibliotecas populares reconocidas por la Comisión Protectora de Bibliotecas Populares (CONABIP).
    • Centros de jubilados y pensionados reconocidos por el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.