¿Cuáles son los beneficios de las entidades exentas?

Las entidades exentas cuentan con los siguientes beneficios:

  • No pagan impuesto a las ganancias.
  • No sufren retenciones o percepciones en el impuesto a las ganancias.
  • Tienen exención o alícuota reducida en impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias.
  • Las entidades detalladas a continuación no sufren retenciones o percepciones de IVA:
    • Fundaciones y entidades civiles de asistencia social, salud pública, caridad, beneficencia,
    • Fundaciones y entidades civiles de saludo pública
    • Fundaciones y entidades civiles de caridad
    • Fundaciones y entidades civiles de beneficencia
    • Fundaciones y entidades civiles de educación e instrucción
    • Fundaciones y entidades civiles literarias
    • Fundaciones y entidades civiles gremiales
    • Fundaciones y entidades civiles de cultura física o intelectual
    • Instituciones religiosas
    • Mutuales
    • Asociaciones deportivas y de cultura física
    • Colegios y consejos profesionales