Validaciones y controles previos a la autorización de emisión del DTV-e

Una vez ingresados los datos correspondientes al SIGDTV, se deben efectuar validaciones y/o controles sobre dicha información con carácter previo a la autorización de emisión del DTV-e.

Procedimiento de validación

La validación y control del DTV-e por el SENASA se realizará conforme al siguiente procedimiento:

  • Los usuarios de origen/procedencia y destino deben cumplir con los siguientes requisitos:
    • Tener vigente su inscripción ante el SENASA para la/s actividad/es desarrollada/s
    • No encontrarse suspendidos en los registros correspondientes
    • No encontrarse bloqueados por el Sistema Integrado de Gestión de Administración (SIGAD) del SENASA
    • Contar con la autorización de gestión del SIGDTV
  • Una vez superadas las validaciones y/o controles detallados en el inciso a), el SENASA dará intervención en forma automática, mediante comunicación entre sistemas informáticos, a la AFIP
  • De no superarse los requisitos establecidos en el inciso a), el usuario queda inhabilitado para la emisión de DTV-e hasta que regularice su situación frente al SENASA
  • En el supuesto caso de que los incumplimientos detectados no ameriten, de acuerdo con criterios de análisis de riesgo alimentario y de resguardo del estatus fitosanitario, el rechazo de la solicitud de emisión de DTV-e, se dará la intervención correspondiente a la AFIP y el CADTV se otorgará con observaciones, en tanto se superen los controles previstos en el siguiente apartado; en estos casos, la leyenda “Con observaciones” constará impresa en el DTV-e

Asignación del Código de Autorización Fiscal (CADTV)

El Código de Autorización Fiscal (CADTV) es un requisito imprescindible para la emisión del DTV-e. A efectos de emitir dicho documento, la AFIP asignará, informará e incorporará al SIGDTV el correspondiente CADTV, cuando se reúnan los siguientes requisitos y condiciones:

  • Estar inscripto ante la AFIP, conforme a la actividad desarrollada, según el Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) - Formulario Nº 883
  • Acreditar alta en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y/o a las Ganancias o registrar inscripción en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS)
  • Poseer domicilio fiscal denunciado existente
  • No estar incluido en la base de contribuyentes no confiables publicada en el sitio web de la AFIP
  • No registrar en el SIGDTV, DTV-e no vigentes pendientes de “cierre”, tanto emitidos como recibidos, que superen el plazo de tres días corridos posteriores al arribo de la mercadería
  • Tratándose de operaciones que involucren al producto “fibra de algodón”, se debe cumplir lo que disponga oportunamente la AFIP
  • Los requisitos y condiciones establecidos en los incisos a), b), c) y d) resultan de estricto cumplimiento para los siguientes sujetos:
    • Emisor del DTV-e
    • Titular de la mercadería y/o importador, de no coincidir con el emisor
    • Receptor
    • Adquirente, de no coincidir con el receptor
    • Transportista

Asignación del Código Único de Validación Electrónica (CUVE)

Otorgado el CADTV- con o sin observaciones-, el SENASA asignará al DTV-e, de corresponder, el CUVE.