CONSTANCIAS DE DOMICILIO FISCAL
Personas humanas y sucesiones indivisas
Cuando el domicilio fiscal coincida con el domicilio real del DNI, no se debe probar el domicilio fiscal (no es necesario presentar documentación respaldatoria).
En caso de no coincidir con el del DNI, el domicilio fiscal puede acreditarse con una de las siguientes constancias. Debe estar a nombre del contribuyente y adjuntarse en formato digital, como imagen a color y legible en PDF o JPG.
Constancias admitidas:
- Certificado de domicilio expedido por autoridad competente, emitido dentro de los 90 días corridos anteriores a la fecha de solicitud.
- Acta de constatación notarial, emitida dentro de los 90 días corridos anteriores a la fecha de solicitud.
- Comprobante de un servicio público emitido dentro de los 90 días corridos anteriores a la fecha de solicitud. Puede ser factura de agua potable, gas natural o energía eléctrica; televisión por cable, internet o telefonía móvil; o póliza de seguro de automotor o inmueble.
- Título de propiedad o contrato de alquiler, leasing o comodato del inmueble cuyo domicilio se declara, certificado digitalmente por escribano público o con timbre (sellado) de la autoridad jurisdiccional competente.
En caso de comodato, la certificación puede reemplazarse por el título de propiedad o el contrato de alquiler que le dio origen, en las mismas condiciones. - Extracto de cuenta bancaria o resumen de tarjeta de crédito, emitido dentro de los 90 días corridos anteriores a la fecha de solicitud.
- Habilitación o autorización municipal vigente, cuando la actividad se desarrolle en inmuebles que la requieran.
- Certificado de Vivienda Familiar de ANSES.
Domicilio a nombre de familiares
Si el domicilio fiscal coincide con el de la madre, padre, tutor, apoderado, cónyuge, conviviente o hijo, se pueden presentar constancias de los puntos 3, 4 o 5 aunque estén a nombre de esas personas.
En esos casos, además, se debe adjuntar documentación que acredite la tutela, el poder o el vínculo (por ejemplo: partida de nacimiento, acta de matrimonio, entre otros).
En casos especiales o cuando circunstancias particulares lo justifiquen, la agencia puede requerir y/o aceptar otros documentos o comprobantes que acrediten fehacientemente el domicilio fiscal denunciado.
La documentación queda sujeta al análisis y posterior aprobación o rechazo del funcionario interviniente.