11/04/2024 10:38:31 a.m.
La
información se presentará de acuerdo con las especificaciones
detalladas en el manual "Régimen de información financiera CRS
y FATCA” disponible en el micrositio “Información
financiera CRS- FATCA”,
y se enviará mediante alguna de las siguientes opciones:
a)
Con clave fiscal, a través del servicio "Presentación de DDJJ
y Pagos", donde se presentará el formulario de declaración
jurada F. 8301.
b)
Utilizando Web Services - "Presentación de DDJJ - perfil
contribuyente", cuyas especificaciones técnicas se encuentran
disponibles en el mencionado micrositio.
Una
vez remitida la información, la AFIP realizará
los controles sistémicos correspondientes a efectos de emitir la
constancia definitiva de aceptación de los datos remitidos.
El
resultado del proceso de validación se pondrá a disposición de la
institución financiera obligada a través del Domicilio Fiscal Electrónico o del "Web Services" denominado "Web Services
Consumir/Comunicaciones de Ventanilla Electrónica", cuya
documentación se encuentra disponible en
http://www.afip.gob.ar/ws/#WSCONCOMU.
En
el supuesto de que la presentación resulte rechazada, el sistema
reflejará las inconsistencias detectadas, las cuales deberán ser
subsanadas y efectuar una nueva presentación.
De
no haberse identificado conforme a las reglas de los Anexos I (CRS) y
V (FATCA) de la RG 4056/17, según corresponda, cuentas declarables
en el año a informar, la obligación se cumplirá presentando la
novedad "SIN CUENTAS PARA INFORMAR".
Para
mayor información se podrá acceder al micrositio, ingresando aquí.
Fuente: Art. 5 Resolución General N° 4056/17 (Texto según RG 5303/22)