Determinación
Escala artículo 94
Para determinar la obligación, se deberá aplicar, sobre la ganancia neta sujeta a impuesto, el importe y la alícuota que se establecen en la escala del artículo 94 de la ley del gravamen:
- Período 2025 – aplicables a las remuneraciones percibidas en el período enero a junio de 2025
- Período 2024 – Liquidación anual
- Período 2024 - aplicable a las remuneraciones percibidas desde el 1° de septiembre de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024
- Período 2024 - aplicable a las remuneraciones percibidas desde el 1° de enero de 2024 hasta el 31 de agosto de 2024, y a las liquidaciones finales devengadas a partir del 1° de julio de 2024 y percibidas hasta el 31 de agosto de 2024.
- Período 2024 – aplicable para el régimen de transición del Título II de la RG 5.531, hasta las remuneraciones percibidas hasta el 30 de junio de 2024, y los pagos de liquidaciones finales que fueron realizadas antes de esa fecha.
- Período 2023 – desde octubre
- Período 2023 – hasta septiembre
- Período 2022
- Período 2021
- Período 2020
- Período 2019
Determinación del saldo
Para determinar el saldo a pagar o a favor, al importe resultante se le deberán restar, de corresponder, los anticipos y pagos a cuenta ingresados, las percepciones y retenciones sufridas durante el período y los pagos por impuestos análogos en el exterior, hasta el límite permitido por la ley.
Participaciones societarias
La determinación del resultado impositivo derivado de sociedades no comprendidas en las disposiciones de la RG N° 4.626, será efectuada por el socio con participación social mayoritaria o, en caso de participaciones iguales, por el que posea la CUIT menor.