¿En qué consiste la obligación de aceptar pagos con tarjeta de débito?

Deberán aceptar tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios equivalentes:

  • Quienes vendan bienes para consumo final.
  • Quienes presten servicios de consumo masivo.
  • Quienes realicen obras.
  • Quienes efectúen locaciones de cosas muebles.

Los obligados deberán brindar a los clientes la posibilidad de realizar las operaciones de pago a través de terminales POS. El dispositivo tendrá que admitir el cobro mediante todas las tarjetas de débito de las redes a las que estén adheridas más de una entidad financiera autorizada para operar en el país.

Importante: el costo que les insuma adoptar el sistema podrá computarse como crédito fiscal del impuesto al valor agregado.

Excepción

Los sujetos se encuentran exceptuados cuando:

  • La actividad se desarrolle en localidades con una población menor a mil habitantes según los datos oficiales del último censo poblacional realizado, publicados por el INDEC.
  • El importe de la operación sea inferior a $100.