¿En qué consiste la obligación de aceptar pagos con tarjeta de débito?
Deberán aceptar tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios equivalentes:
- Quienes vendan bienes para consumo final.
- Quienes presten servicios de consumo masivo.
- Quienes realicen obras.
- Quienes efectúen locaciones de cosas muebles.
Los obligados deberán brindar a los clientes la posibilidad de realizar las operaciones de pago a través de terminales POS. El dispositivo tendrá que admitir el cobro mediante todas las tarjetas de débito de las redes a las que estén adheridas más de una entidad financiera autorizada para operar en el país.
Importante: el costo que les insuma adoptar el sistema podrá computarse como crédito fiscal del impuesto al valor agregado.
Excepción
Los sujetos se encuentran exceptuados cuando:
- La actividad se desarrolle en localidades con una población menor a mil habitantes según los datos oficiales del último censo poblacional realizado, publicados por el INDEC.
- El importe de la operación sea inferior a $100.