¿Qué es?

Reintegros es un régimen que permite la restitución total o parcial de los importes que se hubieran pagado en concepto de tributos internos por la mercadería de exportación para consumo a título oneroso o por los servicios que se hubieran prestado con relación a esa mercadería.

Los pagos se realizan mediante transferencia hacia la CBU de una cuenta habilitada en una entidad bancaria autorizada por el BCRA y declarada ante este Organismo por el exportador (ver guía paso a paso ¿Cómo declaro la CBU?).

Requisitos

Se verificará que:

  • El exportador se encuentre habilitado
  • Se haya registrado el “cumplido” de la operación
  • El “cumplido” se haya registrado “conforme” o bien se haya presentado la Declaración post-embarque bajo el procedimiento pertinente
  • De corresponder, que el BCRA haya informado a esta Agencia su conformidad respecto de las obligaciones del exportador relacionadas con la liquidación de divisas
  • Se haya presentado la factura comercial y demás documentos requeridos por el SIM
  • Se haya efectuado, cuando así corresponda, el cruce informático con el manifiesto de exportación para la vía aérea
  • Se haya efectuado, cuando así corresponda, el cruce informático con el manifiesto de exportación para la vía marítima
  • No existan bloqueos para el cobro de beneficios
  • El exportador haya declarado una CBU vigente para la acreditación de fondos
  • No existan embargos
  • Se hayan abonado los derechos a la exportación de la operación de la que se trate, de corresponder
  • No se registren incumplimientos fiscales

Estado

El estado de una solicitud de reintegro puede verificarse en el servicio Mis Operaciones Aduaneras, y será alguno de los siguientes:

  • Observado: Aún no se han terminado los trámites aduaneros (presentación de documentos, cierre de permiso, registración de cumplido/libramiento etc.). Ante esta situación, el usuario debe consultar en “Mis Operaciones Aduaneras”, opción “Beneficios de Exportación” – solapa “Documentos” a fin de consultar los documentos exigidos por Aduana, y si los mismos fueron presentados.
  • A autorizar: El reintegro puede estar bloqueado por falta de información de ingreso de divisas, cierre de permiso, falta de digitalización, etc. En este caso el usuario debe acceder a “Mis Operaciones Aduaneras”, opción “Beneficios de Exportación” – Solapa “Bloqueos” los bloqueos del Permiso de Embarque y visualizar cuáles aún no fueron levantados.
  • Devolución Generada: El reintegro está en condiciones de ser transferido a la CBU del exportador. Dada esta circunstancia, el usuario debe ingresar al servicio “Mis Operaciones Aduaneras”, opción “Beneficios de Exportación” – Solapa “Devoluciones” para así consultar el estado de la devolución y, cuando la misma se encuentra en estado "Pagada", ver la CBU a la cual se transfirieron los fondos.

Monto a reintegrar

Esto dependerá de la mercadería a exportar y de su valor asignado en Aduana sobre el que el SIM aplica automáticamente un porcentaje determinado. La alícuota correspondiente será la vigente a la fecha del registro de la correspondiente solicitud de destinación de exportación para consumo, todo esto según lo estipulado en la Resolución General N° 1.921/2005.