El Domicilio Fiscal Electrónico es una casilla de mensajería privada entre AFIP y cada contribuyente. Este servicio es único de cada persona, ya que requiere autenticación con clave fiscal para poder ingresar, y equivale a un correo electrónico oficial. El acceso a este domicilio es gratuito, seguro y obligatorio.

info Si no tenés o no recordás tu clave fiscal, podés obtenerla desde la app “Mi AFIP”.

Todos los ciudadanos y responsables deben constituir el Domicilio Fiscal Electrónico, a excepción de los pequeños contribuyentes inscriptos monotributistas sociales ante el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Capital Humano.

Las comunicaciones que se envíen al domicilio fiscal electrónico son certificadas por AFIP y se dan por notificadas. Esto quiere decir que, todas las semanas, los mensajes se entenderán como leídos y aceptados, aunque no se hubiera ingresado al servicio o abierto la comunicación.

El servicio “Domicilio Fiscal Electrónico” es delegable, lo que significa que se puede autorizar a otra persona para que ingrese al sistema a notificarse en tu nombre. El procedimiento para delegar un servicio está disponible en la guía paso a paso “¿Cómo delego servicios para que los utilicen en mi nombre y cómo se acepta esa delegación?”.

Para constituir el domicilio fiscal electrónico, se deberá ingresar con clave fiscal al servicio “Domicilio Fiscal Electrónico”, cargar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular.

El procedimiento, junto con las pantallas del servicio, están disponibles en la guía paso a paso “¿Cómo constituyo el domicilio fiscal electrónico y dónde consulto las notificaciones?” o en este video tutorial:

infoImportante:

Los documentos digitales que se trasmiten mediante el “Domicilio Fiscal Electrónico” o por intercambio de información a través del “WebService” denominado “Consumir Comunicaciones de Ventanilla Electrónica (WSCCOMU)” gozarán, a todos los efectos legales y reglamentarios, de plena validez y eficacia jurídica, constituyendo medio de prueba suficiente de su existencia y de la información contenida en ellos.