¿Cómo es el procedimiento?

Para formalizar las comunicaciones de altas o bajas se puede optar por estas dos modalidades:

  • Transferencia electrónica de datos, ingresando con clave fiscal al servicio “Simplificación Registral”. Finalizada y aceptada la transacción, se obtiene el acuse de recibo de la operación efectuada por duplicado; allí consta el número de registro del trámite y demás información pertinente.
  • Presentación del formulario de declaración jurada F. 885/A, por duplicado, ante la dependencia AFIP, quien tramitará la comunicación, entregará el respectivo acuse de recibo.

Cuando el servicio no se encuentre operativo, se generará una constancia provisoria del trámite - duplicado del formulario F. 885/A- con el sello de recepción del Organismo, que tendrá una validez de 2 días hábiles administrativos, transcurridos los cuales deberá reemplazarse por el acuse de recibo definitivo emitido por la dependencia actuante. Si así no fuera, transcurrido el plazo previsto la dependencia procederá al archivo de ambos documentos en el legajo.

Con relación a la denuncia de los datos relativos a los vínculos familiares del trabajador, debe completarse el formulario de declaración jurada que apruebe la ANSeS y presentarlo ante la UDAI más cercana.