¿Cuál es el plazo para dar de alta a un trabajador?

La comunicación del alta en Simplificación Registral, cualquiera fuera la modalidad de contratación celebrada, debe efectuarse en los siguientes plazos, según se trate de un:

  • Trabajador contratado para realizar tareas detalladas en el Anexo I de la RG 2988/10 hasta el momento de comienzo efectivo de las tareas.
  • Resto de trabajadores hasta el día inmediato anterior, inclusive, al de comienzo efectivo de las tareas.

¿Cuál es el plazo para dar de baja a un trabajador?

La comunicación de la baja en Simplificación Registral debe realizarse dentro del plazo de 5 días corridos contados a partir de la fecha –inclusive- en que se produjo la extinción del contrato de trabajo, por cualquier causa.

¿Cuál es el plazo para la modificación de datos?

Los datos del empleador y del trabajador que no se actualicen automáticamente en el sistema mediante la información suministrada por otras bases de datos, deben ser modificados por el empleador, dentro de los 5 días hábiles administrativos de haber ocurrido el evento que origina el cambio, con excepción del ingreso de los datos relativos a los vínculos familiares del trabajador y a la CBU, que se efectuará dentro de los plazos que fije la ANSeS y la Superintendencia de Servicios de Salud.