18/03/2021
El Programa de Recuperación Productiva II es una herramienta diseñada por el Gobierno Nacional para sostener el empleo en sectores con dificultades económicas. La asistencia canalizada a través del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social consiste en el pago de una suma mensual a los trabajadores y trabajadoras a cuenta de sus correspondientes remuneraciones. La tramitación de los beneficios se realiza a través de la página web de la AFIP con clave fiscal.
El monto de la asistencia varía según el sector en que la empresa desarrolle sus actividades:
Cuando la remuneración neta percibida por el trabajador o la trabajadora sea inferior a dicho valor, el subsidio será igual a la remuneración neta, que se determinará aplicando el 83% a la remuneración total declarada ante la AFIP.
La inscripción debe realizarse a través del servicio con clave fiscal “Repro II”, entre el 22 y el 27 de marzo de 2021.
Una vez que la empresa confirma los datos de su facturación, los empleadores serán redireccionados al sitio web del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para completar, en caso de corresponder, un conjunto de indicadores económicos, patrimoniales y financieros:
Fecha de publicación: 18/03/2021
Fuente: Resolución MTESS N° 141/2021
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