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30/12/2019

Recategorización

Tenés tiempo hasta el 20 de enero.

Si en los últimos 12 meses tuviste cambios en el desarrollo de tu actividad, como por ejemplo, aumento o disminución de tus ingresos, de los gastos de electricidad o alquiler, tenés que recategorizarte. Por el contrario, si no tuviste cambios en ninguno de los aspectos del desarrollo de tu actividad, no tenés que hacer ningún trámite y damos por entendido que te corresponde seguir en la misma categoría.

Antes de hacer el trámite

Te recomendamos que antes de realizar esta gestión, te asegures qué categoría te corresponde y cuánto vas a tener que abonar.

Cuadro de categorías de monotributo con valores vigentes desde 01/01/2020

Click en la imagen para agrandarla.

¿Cómo se hace?

El procedimiento es sencillo: tenés que ingresar con tu CUIT y clave fiscal al portal de Monotributo, luego dirigite a la tarjeta “Recategorización”, presioná el botón “Recategorizarme”; ahí informá los nuevos datos según te lo vaya indicando el sistema.

Si tenés dudas, en la guía paso a paso “Recategorización”, te contamos cómo se hace el trámite.

Recordá que también podés hacer tus trámites de Monotributo desde la aplicación móvil.

En el portal Monotributo encontrarás más información sobre este y otros temas relacionados que pueden interesarte.

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